Derecho Público en España en España
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[rtbs name=»derecho-home»]Se ocupa del orden jurídico del Estado y de sus relaciones con otros entes públicos y privados. Forman parte de él el ordenamiento jurídico político, el administrativo, el internacional, el procesal. La diferencia entre el derecho privado y público se encuentra en otro lugar de esta plataforma digital (véase).
Derecho Público
Recursos
Véase También
Bibliografía
- Información sobre Derecho Público en la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Información sobre Derecho Público en el Diccionario Jurídico (Teodoro González Ballesteros, Madrid, 2011)
- Información sobre Derecho Público en Tratado de Derecho Civil Español
Guía sobre Derecho Público
Derecho privado y derecho publico en el Ordenamiento Jurídico Civil
Justificacion de la distincion
Normas Publicas y Normas privadas
La actuacion privada de la administracion publica
Derecho Público y Derecho Privado
El derecho positivo se divide en una rama pública y otra privada que se pueden definir de la siguiente manera:
Derecho publico; son el conjunto de normas que regulan la organización de la actividad del Estado y demás entes públicos y sus relaciones entre ellos y entre los particulares. Pertenecen al Derecho público el Derecho Penal, el Fiscal o tributario, el Constitucional, el Procesal; el Administrativo y el Derecho Internacional Público.
Derecho privado; es el conjunto de normas que regulan lo relativo a los particulares y sus relaciones entre si o con los entes públicos cuando actúan como particulares. Son normas de Derecho privado el Derecho Civil, el Derecho Mercantil y el Derecho Internacional Privado.
Así cuando la Administración realiza una expropiación (derecho Administrativo) de una finca estaríamos dentro del ámbito del Derecho Público, pero cuando realiza una compraventa (derecho civil) a un particular está actuando como un sujeto de derecho privado.
Las normas del Derecho del Trabajo o laboral, tienen carácter mixto, por una parte pertenecen al Derecho privado las que regulan las relaciones entre empresario y trabajadores y el resto son normas de Derecho público.
a) Características de las normas de Derecho Público;
10) Están inspiradas en el interés de la comunidad.
20) En el público las partes están en relación de desigualdad, por la superioridad de la Administración con respecto a los particulares.
30) Son de derecho necesario.
b) Características de las normas de Derecho Privado;
a) Están inspiradas en el interés de la persona.
b) Existe igualdad entre las partes.
c) Son el reino de la autonomía privada.