Derechos Forales

Derechos Forales en España en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Derechos Forales. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]

Derechos Forales o Especiales

Ideas Básicas

En los s. XVIII y el XIX existía una cierta diversidad de regulaciones civiles pues Aragón, Navarra, Mallorca, Cataluña y las Provincias Vascongadas mantenían reglas propias en materia civil al menos referidas a la Familia y a la Herencia.

A finales del s. XIX la cuestión foral quedó pendiente para que no se retrasara la publicación del CC.

Se puede concluir que el Código Civil se muestra respetuoso con los derechos forales garantizando que se conservarán en toda su integridad.

No obstante, esa pervivencia de los derechos forales se considera provisional hasta que se adopte una decisión sobre las instituciones forales que conviene conservar.

Las denominadas LEYES DE CIERRE del sistema legalmente previsto deberían convertirse en APÉNDICES del Código Civil de los que únicamente se aprobaría el de Aragón. Las demás regiones se resistieron a una medida que suponía la desvertebración de su sistema jurídico y por otra parte el gobierno tb puso empeño excesivo en la publicación de los cuerpos del Derecho de las regiones.

Leyes Civiles Fuera del Código: los Derechos Forales y las Leyes Especiales

Incluye las siguientes entradas:

  • Legislación civil no codificada (Leyes especiales),
  • los Derechos forales,
  • del sistema de Apéndices a las Compilaciones Forales,
  • Compilación de Derecho Civil,
  • Derecho común, y
  • Derecho foral

Los Derechos Forales

Incluye las siguientes entradas:

  • Derecho común y Derecho foral
  • Del sistema de Apéndices a las Compilaciones Forales
  • Compilación de Derecho Civil

Los Derechos Forales y la Llamada Cuestión Foral (planteamiento e Incidencia en el Proceso Codificador) en España en relación a Concepto y posición sistemática del derecho civil, la codificación civil y los derechos forales

Dentro del bloque temático sobre la parte general del Derecho Civil, persona y familia, esta sección examina lo siguiente: los derechos forales y la llamada cuestión foral (planteamiento e incidencia en el proceso codificador) en españa, en el contexto de Concepto y posición sistemática del derecho civil, la codificación civil y los derechos forales, y en conexión con el Ordenamiento jurídico (concepto de Derecho Civil, la codificación, fuentes del derecho, las normas jurídicas, su aplicación y eficacia, los derechos subjetivos y su ejercicio, régimen de la prescripción y la caducidad). Para una visión internacional y comparada de los derechos forales y la llamada cuestión foral (planteamiento e incidencia en el proceso codificador) en españa, puede consultarse la enciclopedia jurídica global.

Derechos Forales

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1 comentario en «Derechos Forales»

  1. JM

    Hay un derecho (histórico) de los territorios forales a disponer de unos órganos fiscalizadores externos, los tribunales de cuentas, con todas las competencias de fiscalización (ingresos y gastos), así como a la jurisdicción contable.

    Pero el amparo y respeto de los “derechos históricos” a que se refiere la Disposición Adicional Primera de la Constitución no se acaba ahí.

    Por lo que respecta al caso concreto en lo económico, la actualización de unos derechos tan claros y tan acreditados como fueron el ejercicio de competencias plenas de los Consulados, y durante siglos (en particular, las Ordenanzas de Bilbao de 1737, la Real Compañía Guipuzcoana de Caracas y otras disposiciones legales), debe servir para devolver a los entes más cercanos las competencias de los puertos, de las grandes infraestructuras, como aeropuertos, etc., y, en general, todo lo que se refiere al sector público vasco, a las políticas públicas (activas y pasivas) de empleo, seguridad social, jubilaciones, etc.

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