Formación del Derecho Civil Español

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La Formación del Derecho Civil Español

El Derecho civil español como la mayorí a de los ordenamientos, es un producto histórico. Está formado por la influencia de dos sistemas distintos: el Derecho romano y el Derecho germánico. (Díez-Picazo y Gullón)

El Derecho romano penetró en la Península como consecuencia de la colonización romana. Influyó en el Derecho visigótico, y rebrotó en la Edad media con la recepción del Corpus Iuris Iuris Civilis de Justiniano, y bajo su influencia se redactó el Código de las Siete Partidas de Alfonso X el Sabio.

El Derecho germánico se asentó en España tras la invasión de los pueblos bárbaros, cristalizando sobre todo en el ordenamiento visigótico, dentro del cual destaca el llamado Liber iudiciorum que durante la Edad Media fue traducido al castellano con el nombre de Fuero Juzgo. El Derecho germánico influyó en muchos de los Fueros municipales que van apareciendo durante la Edad Media.

Un hecho jurí dico-político de capital importancia, que ha influido en la posterior evolución del Derecho civil español, ha sido la fragmentación de la península en diversos reinos, cada uno de los cuales tení a su propio Derecho civil. Los Derechos civiles peninsulares fueron fundamentalmente: el Derecho castellano, el aragonés, el catalán, el balear, el valenciano y el navarro, existiendo particularidades en Galicia y en el señorí o de Vizcaya.

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