Ombudsman en España en España
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Ombudsman
Ombudsman en el Derecho Constitucional español
En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Ombudsman es descrito de la siguiente forma: órgano normalmente unipersonal, designado por el Parlamento para ejercer un control sobre la Administración o alguna de sus ramas, que aporta una garantía adicional a los derechos de los particulares, al margen de los procedimientos judiciales, más lentos y estrictos. De origen sueco, ha sido imitado en otros países con diversas denominaciones: procurador, comisario, médiateur, proveedor de justicia. En España, su equivalente es el Defensor del Pueblo (V. defensor del pueblo). [P.G.—E.]
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