Pago del Tercero en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Pago del Tercero. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]
En Sujetos del Pago
El Pago del Tercero
Ideas Básicas
Art. 1158 establece: el cumplimiento de la obligación puede ser llevado a efecto por cualquier persona con independencia de que el deudor:
Lo ignore.
Conociendo, lo apruebe.
Conociendo, no lo apruebe.
- Hoy, Aniversario de la Primera Ejecución por Guillotina
- Hoy, Aniversario de la Guerra entre Turquía y Rusia de 1877
- Hoy, Aniversario de las Leyes Fundamentales Rusas
- Hoy es Día de la Tierra y Aniversario del Acuerdo de París
- Hoy Aniversario de la Revolución Texana
- Las Dudas sobre la Autoría de Shakespeare ya existían en Vida de Éste
- La "cuestión italiana", Turín y la diplomacia internacional
Esta regla general se apoya en la satisfacción del interés del acreedor.
Excepción: las obligaciones personalísimas (art. 1161) establece: obligaciones de hacer en las que la calidad de la persona del deudor se ha tenido en cuenta al establecer la obligación.
El pago del tercero satisface al acreedor pero no libera al deudor establece: deberá existir un arreglo de cuentas entre solvens y deudor (arts. 1158, 1159, 1209 y 1210):