Principio de Progresividad

Principio de Progresividad en España en España

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Principios Constitucionales Tributarios: Progresividad

Principios Constitucionales Tributarios: Progresividad en el Derecho Fiscal español

En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Principios Constitucionales Tributarios: Progresividad es descrito de la siguiente forma: Determinación concreta de la prestación tributaria de cada persona mediante las tarifas correspondientes, gravando con mayor intensidad la mayor capacidad económica, sin que en ningún caso el tributo pueda tener alcance confiscatorio (art. 31 de la Constitución). Para cumplir este principio hay que combinar y tener en cuenta la naturaleza real o personal del tributo, la estructura proporcional o progresiva de los tipos de gravamen y el carácter objetivo o subjetivo del impuesto.

Significado de Principio de Progresividad

Una definición de principio de progresividad, en derecho financiero y tributario español, es la siguiente: [1] principio constitucional que implica que el establecimiento de un tributo debe hacerse de manera que a un aumento de la materia o base que resulta gravada, corresponda un incremento de la cuota tributaria a pagar más que proporcional.[[derecho-financierol]] [[derecho-tributario]]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Concepto de «Principio de Progresividad» basado en el Glosario de Derecho Financiero y Tributario, Parte General, Editorial Tecnos, Madrid

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