Recargo en España en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Recargo. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]
Recargo
Para más información sobre Recargo puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.
Concepto de Recargo
El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Recargo es el siguiente:
Segunda carga. | Mayor carga. | Cargo, reconvención nueva contra un reo. | Antiguamente, ser el reo recargado. | Aumento contributivo, y a por elevación de la cuota, ya por retraso en el pago.
Recargo en Derecho mercantil
Cantidad o tanto por ciento en que se incrementa la deuda, por lo general a causa del retraso en un pago.
- La "cuestión italiana", Turín y la diplomacia internacional
- Ética Moral y Agricultura
- La Pascua Judía y la Historia de los Hebreos
- Todo sobre Asiria y los Asirios
- Examinando la Educación Medieval y Renacentista
- Filosofía Griega, Primitiva y Medieval
- Glosarios de Gestión de Producto, de las Diferencias y la Confianza
Significado de Recargo
Una definición de recargo, en derecho financiero y tributario español, es la siguiente: [1] cantidad adicional calculada sobre la base o la cuota de un tributo en beneficio de la Administración impositora o de otro ente público. Cantidad que incrementa la deuda tributaria del sujeto pasivo, bien por ser exigibles legalmente sobre las bases o las cuotas, ya sean a favor del Tesoro o de los otros entes públicos. Cantidad exigida para compensar a la Administración por el retraso en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (recargo de prórroga o recargo de apremio).[[derecho-financierol]] [[derecho-tributario]]
Recursos
Notas y Referencias
- Concepto de «Recargo» basado en el Glosario de Derecho Financiero y Tributario, Parte General, Editorial Tecnos, Madrid