Reducción de la Quiebra en España en España
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Reducción de la Quiebra
Reducción de la Quiebra en el Derecho Mercantil español
En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Reducción de la Quiebra es descrito de la siguiente forma: Operación en la quiebra destinada a excluir de la masa activa de la quiebra (patrimonio del quebrado destinado a satisfacer a los acreedores, masa pasiva de la quiebra) aquellos bienes que no han sido transmitidos al quebrado por un título legal e irrevocable. La reducción puede acaecer por derecho de dominio (separatio ex iure dominii) que corresponde a los titulares de derechos reales de goce sobre bienes que están en el patrimonio del quebrado (arrendadores, fiduciantes, comitentes, etc.) o por derecho de crédito (separatio ex iure crediti), que consiste en la posibilidad de ejecutar separadamente un crédito al margen del procedimiento establecido en la quiebra. [M.L.G.—M.]
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