<\/span><\/h3>\n En las sociedades cooperativas, el socio puede separarse en cualquier momento, pero de acuerdo con lo que dispongan los estatutos sobre el particular. En las sociedades an\u00f3nimas el socio goza del derecho de separaci\u00f3n en algunos casos concretos previstos por la Ley de R\u00e9gimen Jur\u00eddco de las Sociedades An\u00f3nimas Puede separarse el socio que realiz\u00f3 aportaci\u00f3n no dineraria cuando en el proceso de revisi\u00f3n de su valor se acredite que esta sobrevalorada. Puede tambi\u00e9n ejercitar el derecho de separaci\u00f3n el socio que no haya votado a favor del acuerdo por el que se modifique el objeto social o se traslade el domicilio al extranjero. Ha de tratarse de una verdadera modificaci\u00f3n o cambio de objeto. El socio en tal caso deber\u00e1 ejercitar su derecho en el plazo de un mes a contar de la inscripci\u00f3n del acuerdo en el Registro mercantil. Le ser\u00e1 reembolsado el valor de sus acciones al precio de cotizaci\u00f3n media del \u00faltimo semestre (art. 147 Ley de R\u00e9gimen Jur\u00eddco de las Sociedades An\u00f3nimas). En los supuestos de fusi\u00f3n y de transformaci\u00f3n de la sociedad, los socios disidentes del respectivo acuerdo pueden separase de la sociedad sin m\u00e1s que no adherirse al acuerdo en el plazo de un a\u00f1o a contar de la fecha de su adopci\u00f3n. Los socios no asistentes a la Junta en que se adopt\u00f3 el acuerdo quedan separados si no se adhieren al \u00e9l por escrito en el plazo de un mes contados desde la publicaci\u00f3n del \u00faltimo anuncio de los que han de difundirse seg\u00fan los art\u00edculos 225 y 226 Ley de R\u00e9gimen Jur\u00eddco de las Sociedades An\u00f3nimas En estos casos el socio separado tiene los mismos derechos que en el caso de modificaci\u00f3n del objeto social o cambio de domicilio. [J.M.C.R.]\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"
Separaci\u00f3n de Socio en Espa\u00f1a Separaci\u00f3n de Socio en el Derecho Mercantil espa\u00f1ol En el Diccionario Jur\u00eddico Espasa (2001), Separaci\u00f3n de Socio es descrito de la siguiente forma: En las sociedades colectivas, comanditarias y de responsabilidad limitada rige fundamentalmente lo que se haya […]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[129,10],"tags":[147],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/espana.leyderecho.org\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/40990"}],"collection":[{"href":"https:\/\/espana.leyderecho.org\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/espana.leyderecho.org\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/espana.leyderecho.org\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/espana.leyderecho.org\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=40990"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/espana.leyderecho.org\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/40990\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/espana.leyderecho.org\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=40990"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/espana.leyderecho.org\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=40990"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/espana.leyderecho.org\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=40990"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}