Funciones del Patrimonio en España en España
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Patrimonio: Funciones
Patrimonio: Funciones en el Derecho Civil español
En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Patrimonio: Funciones es descrito de la siguiente forma: De todo lo anterior se deduce que el patrimonio cumple una doble función:
— Reconocimiento de un ámbito de poder y libertad a la persona, función de la que nace el principio Beneficium Competenciae, esto es, la sustracción de la acción de los acreedores de lo estrictamente necesario para la subsistencia del individuo.
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— Garantía respecto a terceros, pues el deudor responde de sus obligaciones no con su persona, sino con su patrimonio, presente y futuro (art. 1.911 Código Civil) (V. responsabilidad patrimonial).