Ciencia del Derecho en España en España
[rtbs name=»derecho-home»]Ideas Básicas
En el Derecho se distingue entre positivo y natural. El positivo se diferencia del natural en que el primero se aplica para un tiempo y Estado determinado. En el Derecho positivo se distingue entre objetivo y subjetivo. Derecho objetivo, entendido no sólo como conjunto de normas sino como ordenamiento jurídico, como organización entre normas e instituciones y principios que las informan (art. 1.1 Código Civil y art.1 Constitución). El Derecho subjetivo se refiere a la facultad o poder concedido a los ciudadanos, recogido en el ordenamiento jurídico, de ejercitar un derecho, actuando por tanto de acuerdo con su voluntad. Distinto de aquellas normas en la que no interviene la voluntad del afectado.
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