Homologación en España en España
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Homologación
Para más información sobre Homologación puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.
Concepto de Homologación
El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Homologación es el siguiente:
De acuerdo con su etimología griega, aprobación, consentimiento, rectificación. | Confirmación judicial de determinados actos de las partes, para la debida constancia y eficacia. | Firmeza que al laudo arbitral concede el transcurso del término legal sin impugnar el fallo de los árbitros.
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Historia del término: en 1838
«Palabra griega que significa consentimiento o aprobación. Llamase homologación el consentimiento tácito que dan las partes a la sentencia arbitral cuando dejan pasar cinco días desde su pronunciamiento sin contradecirla; y la confirmación que da el juez a ciertos actos y convenciones para hacerlos mas firmes, ejecutivos y solemnes.» (1)
Recursos
Notas
- Basado en el «Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia» (Joaquín Escriche, 1838) (se han llevado a cabo también algunas modificaciones ortográficas para su adecuación a nuestro tiempo).