Rótulo de Establecimiento en España en España
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Rótulo de Establecimiento
Rótulo de Establecimiento en el Derecho Mercantil español
En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Rótulo de Establecimiento es descrito de la siguiente forma: Signo o denominación que sirve para dar a conocer al público un establecimiento mercantil y para distinguirlo de otros destinados a actividades idénticas o similares.
Son registrados para el término o términos municipales que se consignen en la solicitud, y pueden representarse mediante nombres patronímicos, denominaciones sociales, denominaciones de fantasía, denominaciones alusivas a la actividad del establecimiento, anagramas, y cualquier combinación de lo anterior.
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No puede registrarse como rótulo un signo que no se distinga suficientemente, de una marca, un nombre comercial o de otro rótulo registrado para el mismo término municipal. [C.B.A.]