Sujeto Pasivo en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Sujeto Pasivo. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]
Sujeto Pasivo
Sujeto Pasivo en el Derecho Fiscal español
En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Sujeto Pasivo es descrito de la siguiente forma: Es el obligado al pago del tributo. Todos los sujetos obligados en la relación jurídica tributaria pueden ser considerados obligados tributarios; dentro de ellos podemos reservar el término de sujeto pasivo para quien debe satisfacer la obligación tributaria material: el pago de una cantidad de dinero.
No obstante, el art. 30 LGT da un concepto más restringido de sujeto pasivo, formado sólo por el contribuyente y el sustituto, quedando fuera del mismo los responsables tributarios.
La cualidad del sujeto pasivo va unida a la personalidad, pero el art. 33 LGT también reconoce como sujetos a determinados entes sin personalidad: herencias y yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyen una unidad económica o un patrimonio separado, susceptibles de imposición. [F.C.G.]
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Sujeto Pasivo en Derecho Civil
Sujeto Pasivo podría definirse de la siguiente forma: Es la persona o contratante que asume las obligaciones derivadas del contrato, ya sea de las obligaciones pecuniarias, ya sea como persona contra la que la Administración gira la carga impositiva de impuestos, tasas o cánones.
Significado de Sujeto Pasivo
Una definición de sujeto pasivo, en derecho financiero y tributario español, es la siguiente: [1] obligado tributario que, según la Ley, debe cumplir la obligación tributaria principal, así como las obligaciones formales inherentes a la misma, sea como contribuyente o como sustituto del mismo.[[derecho-financierol]] [[derecho-tributario]]
Recursos
Notas y Referencias
- Concepto de «Sujeto Pasivo» basado en el Glosario de Derecho Financiero y Tributario, Parte General, Editorial Tecnos, Madrid