Librar en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Librar. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]
Librar en Derecho mercantil
Expedir letras de cambio, libranzas, cheques y otras órdenes de pago, a cargo de alguien que tenga fondos a disposición del librador.
▷ Novedades
Historia del término: en 1838
«Expedir o dar alguna orden, libranza o decreto; determinar, sentenciar a decidir; dar o entregar alguna cosa; poner al cargo y confianza de otro la ejecución o desempeño de algún negocio o encargo; y preservar a alguno de algún mal o peligro, o sacarle de algún empeño o comprometimiento.» (1)
▷ De Nuestro Boletín
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Recursos
Notas
- Basado en el «Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia» (Joaquín Escriche, 1838) (se han llevado a cabo también algunas modificaciones ortográficas para su adecuación a nuestro tiempo).