Sujetos del Pago en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Sujetos del Pago. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]
Ideas Básicas
En toda obligación existen dos o más personas (naturales o jurídicas) que asumen el papel de acreedor y de deudor:
Acreedor : sujeto activo de la obligación.
Deudor : sujeto pasivo de la obligación.
En el momento del pago, esa terminología produce confusión : el deudor es sujeto activo del cumplimiento.
En este sentido, se suele acudir a los términos latinos:
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Solvens : quien realiza el pago.
Accipiens : receptor del cumplimiento.
En cuanto a la capacidad de los sujetos para el pago, no está regulada sistemáticamente en el Código Civil pero sí algunos aspectos:
Capacidad del solvens respecto a las obligaciones de dar (art. 1160) : no será válido el pago hecho por quien no tenga la libre disposición de la cosa y capacidad para enajenarla.
Capacidad del accipiens (art. 1163) : la validez del pago no precisa una especial situación de capacidad del accipiens si redunda en su beneficio.