Sujetos del Pago

Sujetos del Pago en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Sujetos del Pago. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]

Ideas Básicas

En toda obligación existen dos o más personas (naturales o jurídicas) que asumen el papel de acreedor y de deudor:

Acreedor : sujeto activo de la obligación.

Deudor : sujeto pasivo de la obligación.

En el momento del pago, esa terminología produce confusión : el deudor es sujeto activo del cumplimiento.

En este sentido, se suele acudir a los términos latinos:

Solvens : quien realiza el pago.

Accipiens : receptor del cumplimiento.

En cuanto a la capacidad de los sujetos para el pago, no está regulada sistemáticamente en el Código Civil pero sí algunos aspectos:

Capacidad del solvens respecto a las obligaciones de dar (art. 1160) : no será válido el pago hecho por quien no tenga la libre disposición de la cosa y capacidad para enajenarla.

Capacidad del accipiens (art. 1163) : la validez del pago no precisa una especial situación de capacidad del accipiens si redunda en su beneficio.

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