Abrogación

Abrogación en España en España

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Abrogación

Para más información sobre Abrogación puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

Concepto de Abrogación

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Abrogación es el siguiente:

Es la derogación rotal de una ley. Antiguamente se distinguía la Abrogación de la derogación, la primera abolía totalmente la ley; y la segunda, sólo parcialmente.

Historia del Concepto: Abrogacion en 1868

A efectos históricos, se presenta una descripción de abrogacion en los términos del Diccionario Alcubilla: [1] Anulación, revocación de lo que por la ley o privilegio se hallaba establecido. Al definir la abolición hemos dicho lo que en nuestro concepto debe entenderse por derogación y por abrogación, y la diferencia que hay entre estas dos palabras.

Recursos

Notas y Referencias

  • Basado en la voz «abrogacion» del Diccionario de la administración española, peninsular y ultramarina: compilación ilustrada de la novísima legislación en todos los ramos de la administración pública, por Marcelo Martínez Alcubilla (Madrid, 1868-1870, 2ª ed.)

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