Aclamación

Aclamación en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Aclamación. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Aclamación. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Aclamación. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]

Aclamación

Para más información sobre Aclamación puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

Concepto de Aclamación

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Aclamación es el siguiente:

Acción y efecto de aclamar, de dar voces la multitud en honor y aplauso de alguna persona. | Otorgamiento, por voz común, de algún cargo ti honor. En las asambleas o cuerpos colegiados, es una de las formas de votar y de adoptar acuerdos, reveladora de la unanimidad de criterios.

Historia del Concepto: Aclamacion en 1868

A efectos históricos, se presenta una descripción de aclamacion en los términos del Diccionario Alcubilla: [1] Aplauso o consentimiento general para conferir algún cargo ú honor. Por eso se dice por aclamación para denotar que una elección se ha hecho por común consentimiento y con general aplauso sin necesidad de votación individual. La aclamación ha enseñado la experiencia que es, en la mayoría de los casos, mas que una forma de elección una forma de conspiración.

Recursos

Notas y Referencias

  • Basado en la voz «aclamacion» del Diccionario de la administración española, peninsular y ultramarina: compilación ilustrada de la novísima legislación en todos los ramos de la administración pública, por Marcelo Martínez Alcubilla (Madrid, 1868-1870, 2ª ed.)

Deja un comentario