Acreditación del Silencio Administrativo

Acreditación del Silencio Administrativo en España en España

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Silencio Administrativo: la Acreditación del Silencio

Silencio Administrativo: la Acreditación del Silencio en el Derecho Administrativo español

En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Silencio Administrativo: la Acreditación del Silencio es descrito de la siguiente forma: Los actos administrativos producidos por silencio administrativo se podrán hacer valer tanto ante la Administración como ante cualquier persona física o jurídica, pública o privada, y su existencia puede ser acreditada por cualquier medio de prueba admitido en Derecho. La ley incluye la posibilidad de solicitar a la Administración un certificado acreditativo del silencio producido que deberá emitirse por el órgano competente para resolver. en el plazo máximo de 15 días. [S.F.P.]

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