Administración de la Sociedad en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Administración de la Sociedad. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]
Ideas Básicas
Administración y representación.- son conceptos jurídicos distintos que se diferencian entre sí por su ámbito, por su contenido y porque , mientras la administración es una cuestión de deber la representación lo es de poder. Distintos supuestos de administración: 1º Falta de especial nombramiento; según el art. 129 del Código » si la administración de las compañías colectivas no se hubiere limitado por un acto especial a alguno de los socios, todos tendrán la facultad de concurrir a la dirección y manejo de los negocios comunes, y los socios representantes se podrán de acuerdo para todo contrato u obligación que interese a la sociedad».2º Gestores con nombramiento especial. Posición jurídica de los administradores: los administradores: establece el art. 131 C de c. que «habiendo socios especialmente encargados de la administración, los demás no podrán contrariar ni entorpecer las gestiones de aquéllos ni impedir sus efectos»
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