Agencia Española de Cooperación Internacional

Agencia Española de Cooperación Internacional en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Agencia Española de Cooperación Internacional. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Agencia Española de Cooperación Internacional. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»] «Órgano administrativo creado en 1988 como una Subsecretaría adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores y dependiente de la Secretaría de Estado para la Cooperación y para Iberoamérica (SECIPI), cuya función específica es la de gestionar la política española de cooperación internacional para el desarrollo.

La creación de la AECI se enmarca dentro del proceso de desarrollo y de modernización de la estructura institucional de la Cooperación Española iniciado a mediados de la década de los 80. Previamente a este proceso, la naturaleza dispersa y fragmentada –tanto administrativa como geográficamente– de la política española de cooperación, así como la ausencia en este ámbito de una estructura político-administrativa que asegurara una adecuada coordinación a nivel estatal, llevaron a la creación en 1985 de la SECIPI, a la que siguió en 1986 la Comisión Interministerial de Cooperación Internacional (CICI) y posteriormente la AECI.

Dentro del sistema de cooperación internacional para el desarrollo, la SECIPI desarrolla atribuciones a nivel político-ejecutivo, entre las que destaca la asistencia al Ministerio de Asuntos Exteriores en la formulación y ejecución de la política de cooperación para el desarrollo y de las relaciones económicas, culturales y científicas. Bajo la supervisión y coordinación de la SECIPI, la AECI es el máximo órgano responsable del diseño, valoración, promoción, ejecución y gestión de los proyectos de la Cooperación Española, bien directamente o bien a través de terceros. En concreto, la AECI gestiona la Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) del Estado español en su modalidad de Cooperación Bilateral y, más en particular, la ayuda al desarrollo de naturaleza no reembolsable.

La AOD bilateral no reembolsable consiste en el conjunto de las “transferencias realizadas en efectivo o en especie respecto de las cuales el beneficiario no contrae deuda legal alguna”, y en ella se incluyen: la ayuda para proyectos y/o programas; la cooperación técnica, cultural y científica; la ayuda alimentaria; la ayuda de emergencia; la condonación de deuda; la ayuda de equipamiento, y las contribuciones en apoyo de organizaciones no gubernamentales(SECIPI, 1998a:20). Respecto a estas últimas, a partir de 1996 la AECI asumió la gestión directa del programa de cofinanciación para proyectos de desarrollo ejecutados por organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), una función que hasta entonces era desarrollada por la Oficina de Planificación y Evaluación (OPE) de la SECIPI.

Aunque sujeta a las directrices políticas de la SECIPI, la AECI mantiene un carácter autónomo respecto al Ministerio de Asuntos Exteriores en la gestión de sus recursos financieros, humanos y técnicos, en la medida en que dispone de un presupuesto independiente y de un régimen propio (SECIPI, 1998b:149). Entre sus órganos de gobierno, la Presidencia corresponde al Secretario de Estado para la Cooperación Internacional, mientras que la Secretaría General, asesorada por un Gabinete Técnico, es la responsable directa de la dirección ejecutiva de la Agencia. Las actividades de ésta se realizan a través de dos Institutos, que tienen rango de Direcciones Generales y que definen sus competencias en función de su respectivo ámbito geográfico de actuación: el Instituto de Cooperación Iberoamericana (ICI) y el Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo (ICMAMPD).

A su vez, cada uno de estos centros se estructura en unidades de menor rango y de presencia permanente en el extranjero, puesto que están integradas en las correspondientes embajadas españolas. Se trata de las Unidades de Cooperación en el Exterior (UCE); las Oficinas Técnicas de Cooperación (OTC), que son responsables de la identificación y supervisión de las actividades de asistencia técnica y de los proyectos de cooperación bilateral no reembolsable; los Centros Culturales, y los Centros de Formación.

Teniendo como soporte esta estructura orgánica, en 1998 la AECI tuvo un presupuesto de casi 41.000 millones de pesetas. Los destinatarios prioritarios de esta ayuda al desarrollo continúan siendo los países latinoamericanos, aunque los países árabes y mediterráneos han alcanzado una importancia creciente en los últimos años. Respecto a la distribución sectorial de la ayuda, prevalecen los proyectos de cooperación técnica y cultural, al tiempo que campos como el de la gobernabilidad parecen ser objeto de una mayor atención. Como novedad, desde la SECIPI se promovió en 1997 la creación del programa Araucaria de cooperación medioambiental para la conservación de la biodiversidad, así como el plan Eurasia, que busca aumentar la presencia de la Cooperación Española en los países de Europa central y del Este (Intermón, 1998:24).

Hasta 1998, las decisiones con relación a las directrices generales de la AECI estaban determinadas por el Plan Anual de Cooperación Internacional (PACI) elaborado por la SECIPI, un documento que cada año desde 1987 contenía las previsiones y el seguimiento de los diferentes departamentos ministeriales en su actividad en cooperación internacional. Sin embargo, los sucesivos PACI no sirvieron como un instrumento de planificación válido de los objetivos y resultados de la política de cooperación española, sino que se limitaron a ofrecer la estimación cuantitativa de los recursos destinados a la cooperación. Con la aprobación de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo el 18 de junio de 1998, el Plan Anual de Cooperación Internacional fue sustituido por el llamado Plan Director Plurianual, que nace como el nuevo mecanismo básico de planificación de la política española de ayuda al desarrollo (SECIPI, 1999).

El Plan Director para el período 1999-2002 establece tres prioridades horizontales que deben estar presentes en todas las acciones de la Cooperación Española independientemente de su ámbito de incidencia: la lucha contra la pobreza, la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, y la sostenibilidad medioambiental. A estas orientaciones transversales se añaden otras prioridades sectoriales, entre las que destacan la cobertura de las necesidades sociales básicas; la inversión en el ser humano; las infraestructuras y la promoción del tejido económico; la defensa del medio ambiente; la participación social, el desarrollo institucional y el buen gobierno; y la prevención de conflictos y la construcción de la paz.

La Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo de 1998 es el resultado de un largo proceso de debate entre todos los agentes sociales y políticos implicados en la cooperación al desarrollo en el Estado español. Esta Ley ha sido valorada positivamente en la medida en que dota por primera vez a la Cooperación Española de un marco legal que regule sus actividades, al tiempo que sienta las bases para permitir la mejora de la estructura y de los instrumentos de cooperación con relación a su situación actual. Sin embargo, la Ley de Cooperación es también objeto de críticas debido, entre otras cuestiones, a la importante presencia de intereses comerciales, a la persistencia de la dicotomía entre los ministerios de Exteriores y de Economía y Hacienda que provoca una dispersión funcional, orgánica y presupuestaria de la AOD, y a la ambigüedad e indefinición de una parte de su contenido (Gómez Gil, 1998).

Éste es el caso, por ejemplo, del artículo 25 de la Sección 4.a referida a la AECI, cuya futura organización interna queda sin especificar y sujeta a lo que disponga el Estatuto del que la propia Agencia se dote en un futuro. La reestructuración de la AECI ha sido una de las demandas clave procedentes de las ONGD, las cuales constatan la necesidad de una reforma presupuestaria y administrativa de esta Agencia para permitir su adecuación a la realidad actual de la ayuda al desarrollo. En ese sentido, las principales carencias de la AECI percibidas se refieren a la indefinición en su relación con el resto del Ministerio de Asuntos Exteriores, a la falta de flexibilidad presupuestaria, y, por último, a la excesiva burocracia en los mecanismos de contratación, la escasa profesionalización y la poca adecuación del personal a las tareas de cooperación (INTERMÓN, 1998:59).

A pesar de los efectos positivos de la reciente incorporación de instrumentos mejorados, como la gestión del ciclo del proyecto, así como de metodologías de evaluación de la AOD bilateral, la reforma de la AECI en su nivel estructural no ha sido aún abordada por parte de la Administración General del Estado.» (1)

Recursos

Notas

  1. Diccionario de Acción Humanitaria y Cooperación al Desarrollo (Irantzu Mendia)

Véase También

Bibliografía

Gómez Galán, M. y J. A. Sanahuja (1999), El sistema internacional de cooperación al desarrollo. Una aproximación a sus actores e instrumentos, CIDEAL, Madrid.
Gómez Gil, C. (1998), «Luces y sombras de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo», en Viento Sur nº 40, pp. 97-105.
INTERMÓN (1998), La Realidad de la Ayuda 1998/99, Barcelona.
SECIPI (1998a), Plan Anual de Cooperación Internacional (PACI). Previsiones para 1998, Ministerio de Asuntos Exteriores, Madrid.
SECIPI (1998b), Metodología de evaluación de la Cooperación Española, Ministerio de Asuntos Exteriores, Madrid.
SECIPI (1999), Cooperación para el Desarrollo: una responsabilidad compartida. Primer Plan Director de la Cooperación Española, 1999-2002, Ministerio de Asuntos Exteriores, Madrid.

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