Arbitraje Laboral

Arbitraje Laboral en España en España

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Arbitraje Laboral en Derecho Laboral

La Institución del arbitraje, plenamente consolidada en la jurisdicción civil, se introduce en la jurisdicción social a raíz de la Ley 11/1994, posibilitando a empresarios y trabajadores el acudir voluntariamente a la decisión de un tercero para así dirimir sus controversias.

La materia objeto de arbitraje en el ámbito laboral queda normativamente limitada a supuestos concretos, entre los cuales se encuentran los laudos dictados en materia electoral (art. 76 ET); los laudos adoptados en trámite de consultas en supuestos de modificación sustancial de condiciones de trabajo, movilidad geográfica y suspensión y extinción de contratos por causas económicas (art. 85.1 ET); los laudos dictados para dar solución a controversias colectivas derivadas de la aplicación e interpretación de los Convenios Colectivos (art. 91 ET) y los laudos dictados en los supuestos de cobertura normativa en sustitución de ordenanzas laborales (disp. transit. sexta ET).

La inspección de Trabajo puede efectuar la labor arbitral siempre que conste la expresa petición de las partes en ese sentido.

Autor: Cambó

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