Bancarrota

Bancarrota en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Bancarrota. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Bancarrota. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Bancarrota. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Bancarrota. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]Cesación o suspensión que hace un comerciante, u hombre de negocios, de su giro o tráfico, sin pagar sus deudas. Mercantilmente, quiebra o bancarrota son sinónimos, sin embargo la voz técnica sea sin duda aquélla y no ésta.

Recursos

Véase También

Bibliografía

Guía sobre Bancarrota

Bancarrota

Para más información sobre Bancarrota puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

Concepto de Bancarrota

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Bancarrota es el siguiente:

Cesación o suspensión que hace un comerciante, u hombre de negocios, de su giro o tráfico, sin pagar sus deudas. Mercantilmente, quiebra o Bancarrota son sinónimos, aunque la voz técnica sea sin duda aquélla y no ésta. La Bancarrota se divide en simple y fraudulenta; la primera, cuando no ha tenido otra causa que la culpa o ciertas faltas del quebrado; y la segunda, cuando hay fraude o dolo por parte de éste. (V. QUIEBRA)

Bancarrota en Derecho mercantil

Cesación o suspensión que hace un comerciante, u hombre de negocios, de su giro o tráfico, sin pagar sus deudas. Mercantilmente, , en derecho español y en el derecho de otras jurisdicciones, quiebra o bancarrota son sinónimos, aunque la voz técnica empleada sea la de quiebra y no la de bancarrota.

Deja un comentario