Bando

Bando en España en España

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Bando

Para más información sobre Bando puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

Concepto de Bando

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre bando es el siguiente:

Facción, parcialidad o partido de gente que, separándose del común de los demás ciudadanos, forma cuerpo aparte. | Además, disposición o mandato publicado por orden superior. Se diferencia del edicto en que este último significa anuncio o aviso. Los bandos pueden ser gubernativos o militares. Los primeros son dictados por la autoridad gubernativa del orden civil; y los segundos por una autoridad militar y al frente de tropa, para que todos se enteren de la disposición. (V. EDICTO, LEY MARCIAL)

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