Central de Información de Riesgos

Central de Información de Riesgos en España en España

[rtbs name=»derecho-home»] ervicio público, administrado y gestionado por el Banco de España, al que las entidades de crédito, sociedades de garantía recíproca y otras entidades financieras deben suministrar con carácter imperativo datos e informaciones tanto sobre los negocios jurídicos propios de su actividad financiera que pueden generarles alguna pérdida en caso de incumplimiento por la contraparte, como acerca de las personas con quienes los mantengan. Los datos declarados sobre los riesgos de crédito cuyos titulares sean Administraciones públicas españolas serán públicos. Las entidades declarantes están legitimadas para obtener de la Central de Información de Riesgos informes acerca de los riesgos de las personas que: a) mantengan con la entidad declarante algún tipo de riesgo; b) hayan solicitado a la entidad un préstamo o cualquier otra operación de riesgo; c) figuren como obligadas al pago o garantes en documentos cambiarios o de crédito cuya adquisición o negociación haya sido solicitada a la entidad.

Autor: Cambó

Deja un comentario