Clases de Costumbre

Clases de Costumbre en España en España

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Clases de Costumbre

Según Albaladejo las costumbres pueden clasificarse:

a) Por su difusión territorial, cabe que sea general, regional o local según se practique en todo territorio o nacional o en una región o localidad.

b) Por la materia regulada, pude ser general o especial según que alcance a todo el ámbito de una determinada figura jurí dica (Ejemplo: todos contratos de corretaje) o bien que sólo alcance a determinados supuestos de la misma (Ejemplo: al corretaje de fincas rústicas).

c) Por su relación con la ley. Según su relación con la Ley se dividen en:

Costumbre extra o praeter legem, costumbre fuera de la ley, que regula situaciones sobre las que la ley guarda silencio, es decir en situaciones de laguna legal.

Costumbre contra lesem. es aquella que regula un punto en contradicción con lo que establece la Ley. El Código rechaza este tipo de costumbre, si bien la compilación navarra admite la costumbre contra ley dispositiva.

Costumbre secundum o propter lesem. es aquella que tiene por objeto algo regulado por la ley, pero atribuye a esta regulación un sentido determinado o aplica la ley de determina forma.

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