Concierto

Concierto en España en España

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Concierto

Para más información sobre Concierto puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

Concepto de Concierto

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Concierto es el siguiente:

Convenio entre dos o más personas sobre alguna cosa. Todo contrato exige Concierto de voluntades; pues, sin él, no habría lazo jurídico que uniera a los contratantes. | Transacción, avenencia. | Buen orden o disposición de algo. | Sobre el Concierto para delinquir, (V. CODELINCUENCIA. CONSPIRACIÓN.)

Concierto/Convenio en el Contexto de las Relaciones Laborales

[[empleo]] [[relaciones-laborales]] [[mercado-de-trabajo]]En relación al mercado de trabajo, concierto/convenio ha sido descrito de la siguiente forma: Acuerdo entre trabajadores y el empresario o sus representantes sobre las condiciones generales de trabajo y / o las reglas para la relación entre ambas partes, definido dentro del ámbito de una empresa en concreto o aplicable a todas las empresas que se encuadran dentro de una misma actividad u oficio.

Elaboración propia a partir de distintas fuentes documentales

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