Daño Moral en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Daño Moral. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Daño Moral. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Daño Moral. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Daño Moral. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]Lesión sufrida por una Persona (física, en general) de carácter afectivo y no patrimonial, y cuya indemnización es procedente en Derecho.
Ideas Básicas
La peculiar naturaleza de los derechos de la personalidad ha traído consigo que, durante largo periodo de tiempo, su lesión o violación por terceras personas no comportara consecuencia patrimonial alguna. Sin embargo, dicho silogismo fue destruido hace ya casi un siglo por el Tribunal Supremo, que al reconocer la existencia de un daño moral como consecuencia de la lesión de los derechos de la personalidad. Desde entonces, la sesión de los derechos de la personalidad se ha identificado con la idea de daño moral, que actualmente, habrá de ser resarcido por su causante.
Recursos
Véase También
Bibliografía
- Información sobre Daño Moral en la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Información sobre Daño Moral en el Diccionario Jurídico (Teodoro González Ballesteros, Madrid, 2011)
- Información sobre Daño Moral en Tratado de Derecho Civil Español