Definición de Filiación en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Definición de Filiación. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]
Definición de Filiación
LÁ RELACION JURIDICA DE FILIACION Y SUS PROBLEMAS
La filiación es un hecho biológico y consiste en que una persona ha sido engendrada o procreada por otra. Esa realidad biológica es recogida y regulada a posteriori por el ordenamiento jurídico, que distribuye derechos y obligaciones entre entre padres e hijos (DÍEZ-PICAZO Y GULLÓN).
Como hecho natural se da en toda persona, si bien como hecho jurídico sólo se da cuando es reconoció por el derecho.
El Ordenamiento jurídico del hecho natural de la generación deriva dos consecuencias jurídicas (BLASCO GASCÓ):
- Hoy, efemérides del intento judicial federal de acabar la segregación escolar
- Hoy, efemérides de algunos "primeros" casos
- AI Overviews: The end of advertising-driven publications?
- Los Ultimos Años de Luis XIV
- ¿Forman parte los presos americanos de una mano de obra oculta vinculada a cientos de marcas de alimentos populares?
- Efemérides de hoy: Mandato del Congreso americano para ir a la guerra contra México
- Hoy, efemérides del desbloqueo de Berlín por la Unión Soviética
Los problemas jurídicos básicos que la relación de filiación plantea son los relativos al modo de su establecimiento o de fijación, determinando en cada caso quién es el padre o la madre y el hijo, y a la asignación de un determinado contenido jurídico de derechos y obligaciones a la relación en cuestión.