Definición de Registro Civil

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Definición de Registro Civil

El Registro civil es un organismo público cuya misión es la de recoger y dar constancia oficial a los hechos y circunstancias relativas a la existencia y al estado civil de las personas y aquellas otras circunstancias que, sin constituir estado civil, puedan inscribirse (VALPUESTA)

Según la Exposición de motivos de la Ley el Registro civil, concebido como instrumento para la constancia oficial de la existencia, estado civil y condición de las personas

El art. 325 Código civil establece que: «los actos concernientes al estado civil de las personas se harán constar en el Registro destinado al efecto». De esta forma se da seguridad y certidumbre al tráfico jurídico, puesto que la eficacia de los actos y negocios jurídicos depende fundamentalmente de la capacidad de obrar de las personas, determinada por su estado civil.

Los estados civiles de la persona constituyen cualidades o situaciones que poseen una eficacia general o erga omnes, lo que supone la existencia de un legítimo interés de los terceros y de la sociedad en general para su conocimiento y constatación. Averiguar que estado tiene una persona en cada momento sería difícil y lento con los medios ordinarios de prueba, de ahí la necesidad del el Registro Civil con una normativa específica para la constatación solemne y pública del estado civil. Se preconstituye así la prueba del estado y sirve de título de legitimación, es decir, habilita para el ejercicio de las facultades que forman el correspondiente estado (DÍEZ-PICAZO Y GULLÓN).

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