Definición de Revocación del Testamento en España en España
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Definición de Revocación del Testamento
La revocación es la declaración de voluntad del testador por la que determina la ineficacia del anterior negocio jurídico testamentario, y puede conceptuarse como un negocio jurídico en cuanto da lugar a unos efectos que son queridos por el revocante
El testamento es un negocio jurídico esencialmente revocable, lo que consagra el artículo 737. El negocio jurídico, aunque perfecto desde su celebración, no vincula al testador. Según es sabido, es cambiante nuestra voluntad hasta el final de nuestra vida.
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Es tan esencial la revocabilidad al testamento, que una declaración del testador declarándolo irrevocable es por completo ineficaz. Son igualmente ineficaces, según dispone el artículo 737, las cláusulas derogatorias de las disposiciones que en el futuro pueda hacer, y las llamadas «cláusulas ad cautetam», en las que el propio testador ordena que no valga la revocación del testamento si no la hiciese con ciertas palabras o señales.