Definición de Tutela

Definición de Tutela en España en España

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Definición de Tutela

La tutela es un órgano permanente de actuación habitual, ya que su función consiste en suplir la capacidad de obrar de quien carece de ella sin estar sometido a la patria potestad. (P.ej. Un huérfano de padre y madre) Al igual que la patria potestad, la tutela comprende la guarda y representación del tutelado y así como la administración de su patrimonio. (Lacruz y Sancho)

Según el art. 222. « Estarán sujetos a tutela:

10Los menores no emancipados que no estén bajo la patria potestad.

20Los incapacitados, cuando la sentencia lo haya establecido

30 Los sujetos a la patria potestad prorrogada, al cesar ésta, salvo que proceda la curatela

40Los menores que se hallen en situación de desamparo.»

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