Delimitación Física de Propiedad Inmobiliaria en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Delimitación Física de Propiedad Inmobiliaria. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]
La Delimitación Física
Ideas Básicas
La problemática se plantea únicamente para los bienes inmuebles ya que la propiedad de los bienes muebles se extiende solo a si misma.
El derecho del propietario de un terreno alcanza en sentido vertical (hacia arriba y hacia abajo) a todo aquel espacio «susceptible de un aprovechamiento», congruente con el concepto actual de la propiedad; es decir, solo el espacio por él aprovechable y siempre con sujeción a lo dispuesto en leyes y reglamentos (art. 350 del del Código Civil español).
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El dueño de una finca tiene derecho a delimitarla ya sea cercándola o de cualquier otro medo de señalización de limites, sin perjuicio de las servidumbres constituidas sobre la misma. En caso de conflicto entre propietarios colindantes habrá que acudir a la acción de deslinde, la cual se hará en primer lugar mediante los títulos de propiedad de cada colindante, a falta o insuficiencia de estos mediante la posesión y en último extremo distribuyendo el terreno controvertido a partes iguales; aunque estas reglas no son vinculantes para el juez en caso de pleito sobre limites (art. 384 a 386 y 388 del Código Civil español).