Dependencia

Dependencia en España en España

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Dependencia

Para más información sobre Dependencia puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

Concepto de Dependencia

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Dependencia es el siguiente:

Estado de subordinación, inferioridad jerárquica, sometimiento o sujeción. | Relación subordinada con respecto a otro de mayor poder, autoridad o mando. | Vínculo de parentesco o relación de amistad. | Oficina pública o privada en situación dependiente de otra superior. | Agencia. | Negocio o encargo. | Situación de las cosas accesorias en su nexo con las principales, a las cuales siguen o de las cuales reciben modificación.

Ley de Dependencia

Su Financiación

En la disposición transitoria segunda del anteproyecto de Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia se encontraba la madre del cordero de cómo pensaba financiar el Gobierno en 2006 esta ley universal (para todos) en la que el presidente José Luis Rodríguez Zapatero quería ganar apoyos. Textualmente, en esta letra pequeña del anteproyecto se dice que “hasta el 31 de diciembre de 2015, la Administración General del Estado podrá destinar a la financiación prevista los ingresos resultantes del pago de deudas con el Estado y que éste hubiera reconocido como derechos pendientes de cobro en ejercicios anteriores a la aprobación de esta Ley”. Esta fue la historia en el 2006:

Resulta que el principal derecho pendiente de cobro es, según reconocen fuentes del Ministerio de Economía y Hacienda y del propio Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, la deuda histórica que arrastra el sistema público de pensiones desde la década de los noventa a pesar de los superávits y de la creación del Fondo de Reserva. En fuentes de Trabajo reconocen que se ha estudiado esta posibilidad, pero que sólo se llevará a cabo “si existe un consenso absoluto en el Parlamento y en el seno de la comisión del Pacto de Toledo”. En cualquier caso, aclaran que esa deuda histórica pertenece “a la antigua Seguridad Social y no a la nueva, que tiene separación de fuentes de financiación”.

Esa deuda se generó en los años noventa cuando el PSOE decidió hacer universal la Sanidad con la financiación de las cotizaciones de la Seguridad Social. El momento más complicado fue entre 1994 y 1995 cuando, en plena recesión económica, el sistema público de protección necesitó ingentes recursos financieros. En la actualidad, esa deuda histórica se aproxima a los 26.000 millones de euros (unos 4 billones de pesetas) según los informes del Tribunal de Cuentas. Pero, según expertos en contabilidad pública consultados, sólo están reconocidos una cuarta parte, unos 6.000 millones de euros, que corresponden al dinero que el Estado entregó a la Seguridad Social para financiar la sanidad vasca y navarra cuando ésta estaba transferida y ya se descontaba del Cupo. La Seguridad Social no giró por tanto ese dinero a las comunidades, la empleó para afrontar ese difícil momento financiero. Fue una forma de mover tesorería del Estado a la Seguridad Social y no utilizar la vía de los créditos, como se hizo más tarde. Esa vía de los créditos de Hacienda para enjugar la acumulación de déficits fue de unos 18.000 millones de euros. Sin embargo, no están reconocidos como derechos pendientes de cobro.

De cualquier forma, esta deuda histórica es una asignatura pendiente de todos los gobiernos, que han anunciado reiteradamente su condonación (o perdón) o el canje por otros activos de la Seguridad Social que disfrutan las autonomías. En Trabajo no descartan que éste sea otro de los elementos a negociar con estas comunidades dentro de la Ley de Dependencia.

Superávit

Según Jesús Caldera, ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, para financiar el Sistema Nacional de Dependencia (SND) “no se va a tocar el Fondo de Reserva de las pensiones ni el superávit de la Seguridad Social”. Desde el punto de vista contable no hace falta. Pero, aunque políticamente no sea correcto decirlo, se está contemplando que la Seguridad Social pueda poner dinero para esta nueva Ley pagando parte de esa deuda en el plazo de ocho años. Según los expertos consultados, se podrá hacer a través del exceso de tesorería generado hasta que la Ley entre en vigor (2007) y que se acumula en una cuenta de maniobra que la Seguridad Social tiene en el Banco de España. Estos saldos líquidos de tesorería han sido denunciados por el Tribunal de Cuentas en su último informe por ser “excesivos” y no estar invertidos para obtener una rentabilidad. Sólo hay que hacer un operación matemática sencilla para saber cuánto dinero hay en esa cuenta: sumar todos los superávits de la Seguridad Social de los últimos años y restarle el dinero depositado en el Fondo de Reserva de las pensiones. Sale un billón muy largo de las antiguas pesetas, suficiente para pagar esa parte de la deuda.

Así, de los 12.638,2 millones de euros que el Gobierno dice que va a poner de aquí a 2015 para crear el SND, casi la mitad podrá financiarse con el cobro de esa deuda reconocida. Lo que sí ha descartado Caldera es que parte de la financiación proceda de la recaudación de los impuestos que gravan el alcohol y el tabaco. De todas formas, si los compromisos financieros reales del Estado son de 6.000 euros en ocho años, y se está mirando con lupa las otras deudas que tiene sin cobrar el Estado (incluidas las de algunas autonomías), a Zapatero le sale barata una ley, electoralmente hablando, que universaliza la asistencia social a todos los ciudadanos y que ha copiado el modelo de los países más ricos de Europa, los nórdicos. Pero éstos tienen previstos gastos en la actualidad de casi un 3 por 100 del PIB y aquí se prevé que llegará al 1 por 100 en 2015. Ahora es del 0,33 por 100 y España está en la cola de la UE de recursos destinados a este tipo de protección social.

El Gobierno quiere comprometer a las comunidades autónomas y a los ayuntamientos, que son realmente los que tienen transferidos estos servicios, para que realicen las mismas aportaciones que haga el Estado. El Ejecutivo ofrece aportar hasta 2015 de forma acumulada 12.638 millones de euros previstos. Sin embargo, el esfuerzo sería mayor para las autonomías porque ya tienen programas de dependencia que suman más de 2.000 millones de euros anuales y que el Gobierno quiere que mantengan. Sólo podrán hacerlo subiendo impuestos, porque están obligados por la Ley de Estabilidad Presupuestaria a sanear sus cuentas y a reducir su creciente deuda.

Además, los ciudadanos que estén en situación de dependencia, no tienen por qué ser mayores, tienen que contribuir con una aportación que se determinará en un Reglamento según sus rentas y patrimonio. Es decir, si un ciudadano necesita estos servicios se estipulará por baremo cuánto tiene que pagar según las rentas o el patrimonio existente (casas, acciones, etcétera). Se trata de una novedad importante porque, por ejemplo, según datos de la Memoria de Hacienda, los contribuyentes en módulos y profesionales tributan por unos ingresos que representan un tercio respecto a las rentas de trabajo. Caldera dice que hasta que no se haga el Reglamento de la Ley es imposible calcular cuánto tendrá que poner cada ciudadano si, por ejemplo, necesita una plaza en una residencia.

En cualquier caso, según el ministro, los ciudadanos tendrán que poner un tercio del coste total de sistema, que sólo será gratuito para las rentas más bajas sin patrimonio. El Gobierno quiere que en 2015 el SND llegue a los 9.500 millones de euros de gasto. Según las cuentas del ministro de Trabajo, ese año el Estado aportará 2.212 millones. Si las autonomías aportan la misma cantidad y mantienen, como quiere Caldera, sus planes actuales de otros 2.000 millones anuales, resultan en total unos 6.400 millones de aportaciones públicas. Falta otro tercio de financiación. Por tanto, el copago de los ciudadanos para las atenciones por dependencia tienen que ser en ese año de unos 3.000 millones de euros que cobrarán las autonomías porque son las encargadas de gestionar las prestaciones, ya que el Estado sólo garantiza el servicio básico.

Oposición

En el PSOE dicen que “si Felipe González abrió la Sanidad para todos, escolarizó gratuitamente a los menores de 16 años y garantizó el cobro de las pensiones, la estrella social de Zapatero es una Ley de Dependencia para todos”. El Gobierno prevé también incluir en la reforma del IRPF el mismo tratamiento fiscal de los fondos de pensiones (diferimiento de la tributación y deducción de las primas aportadas hasta el 45 por 100 del tipo marginal máximo) para quienes suscriban un seguro de dependencia privado.

El anteproyecto ha cogido con el paso cambiado al PP, que anuncia “la guerra de la dependencia” que librarán, tal como ocurrió con la financiación autonómica, las comunidades en donde gobierna. Hay muchos votos en juego y unas elecciones. Ana Pastor, secretaria ejecutiva de Política y Bienestar, dice que la creación de este Sistema Nacional de Dependencia estaba contemplado en el Pacto de Toledo y que el Gobierno, que ha llegado a un acuerdo con las fuerzas sociales, no ha negociado esta Ley. Pastor hace una llamada al consenso: “Es necesario un Pacto de Estado –dice–. El mejor patriotismo social es hacer una cartera de servicios única para todos que cubra lo básico en materia de dependencia”.

Primer año de Aplicación

La ley de Dependencia, que el Gobierno considera un logro histórico en la mejora del Estado del Bienestar, daba sus primeros pasos en 2007. Ese año comenzaba a aplicarse, pero aún faltaban por desarrollar los servicios y prestaciones económicas que se tenían que reconocer. Quedaba aún mucha letra pequeña por aprobar: reglamentos de la Administración central y las comunidades autónomas, pero ya se conocían algunos datos para ofrecer una guía por los vericuetos de la nueva norma.

1 ¿Quién se va a beneficiar durante 2007?

Las personas que presenten una dependencia de grado III o “gran dependencia”. Esto signifi ca personas con pérdida total de la autonomía física, mental, intelectual o sensorial y que necesiten ayuda continuada para realizar las actividades básicas. Se calcula que aproximadamente 200.000 ciudadanos se encuentran en e8sta situación. El resto de dependientes se verán benefi ciados gradualmente en los siguientes años, hasta 2015.

2 ¿En función de qué se decidirán los servicios y ayudas?

El Gobierno central y las comunidades autónomas han acordado en el Consejo Territorial un baremo para la valoración del grado de dependencia. Este instrumento tiene que pasar ahora por los órganos consultivos y volver al Consejo Territorial para ser aprobado defi nitivamente antes de su publicación en el Boletín Ofi cial del Estado. El baremo establece el grado de dependencia de cada caso según la ayuda necesaria para las actividades diarias, desde el aseo a la comida o los desplazamientos. A partir de la publicación en el BOE comenzarán a conocerse los dispositivos que ponen en marcha las comunidades para realizar estas valoraciones. Los servicios y las prestaciones de la Ley de Dependencia tienen que aprobarse antes del 22 de abril. Aún no hay una decisión sobre si el baremo se publicará antes o se publicarán todos los reglamentos a la vez.

3 ¿Cuándo podrán comenzar las vacaciones?

A partir de la publicación en el Boletín Ofi cial del Estado. Algunas comunidades autónomas, como Galicia, ya han anunciado que éstas no comenzarán hasta el mes de mayo, en Cataluña será en abril, y Asturias pretende comenzar en febrero. En el teléfono de información para toda España (900 406 080) podrían dar cita para acudir a este trámite.

4 ¿Dónde acudir para iniciar el procedimiento?

Los servicios sociales de cada comunidad son la referencia para iniciar el procedimiento, que debe comenzar con la valoración del caso a través del baremo. En muchas autonomías los servicios sociales municipales serán los encargados de los trámites, ya que es la red más amplia que existe actualmente de estos servicios, fi nanciada a menudo por sus respectivas autonomías. De todas formas, la mayoría de las comunidades estudian todavía qué red atenderá las peticiones. En Cataluña los equipos técnicos que valoren este año a los grandes dependientes realizarán el trámite a domicilio. En Castilla-La Mancha, el Gobierno regional ha contratado a 255 nuevos trabajadores para acometer las valoraciones.

5 ¿Es igual el baremo de dependencia que los grados de minusvalía?

No es lo mismo, aunque para las valoraciones quizás sirvan. En ciudades como Granada se han disparado las solicitudes para evaluar las minusvalías, hasta incrementarse un 40%, lo que ha provocado una lista de espera para este trámite que ya alcanza los tres meses y medio. Esto es debido a que muchas personas mayores no se habían preocupado hasta ahora de que se les reconociera su grado de minusvalía. Pero la valoración para los servicios de la Ley de Dependencia (oferta de plazas en residencias, cuidadores, teleasistencia, ayuda a domicilio) son de servicios sociales y criterios diferentes a las minusvalías.

6 ¿Qué viene tras la valoración del baremo?

El ciudadano recibirá una acreditación con su grado y nivel de dependencia que tendrá validez para toda España. Los servicios sociales establecerán un Programa Individual de Atención para cada solicitante con los servicios y prestaciones económicas que va a recibir y que será consultado con la persona declarada en situación de dependencia o con su familia. Los servicios y prestaciones aún no están desarrollados en un reglamento. Entre los servicios se encuentran los de ayuda a domicilio, residencias, centros de día, teleasistencia y las prestaciones económicas, que dependerán del grado de dependencia y de la capacidad económica del beneficiario.

7 ¿Es obligatorio aceptar los servicios del plan individual?

No es obligatorio. Por ejemplo, si los servicios sociales consideran que lo adecuado para algún caso es una plaza en una residencia, no se obliga a ingresar en ella. El interesado puede declinar. También puede ocurrir, en sentido contrario, que los servicios sociales no autoricen ayudas que se soliciten. Así, puede pasar que muchos dependientes pidan una prestación por el cuidado que les dispensa un familiar. Pero los servicios sociales pueden considerar que no es la solución adecuada y proponer en su lugar la ayuda a domicilio en lugar de la prestación económica al familiar. En todo caso, siempre se valorará la petición del benefi ciario.

8 ¿Qué red existe para absorber la nueva demanda?

La mayoría de las comunidades autónomas confían en que la red actual absorba la demanda de servicios, y la irán incrementando en función de las necesidades. Las versiones son diferentes según las autonomías. Si en Cataluña (Gobierno tripartito con socialistas) informan que llevan dos años preparándose para la aplicación de la nueva ley, en la Comunidad de Madrid (Gobierno del PP) destacan que ya tenían una amplia red de asistencia independientemente del desarrollo de la Ley estatal. En cualquier caso, la nueva norma prevé que los ciudadanos puedan obtener los servicios que se les hayan reconocido en el Plan Individual en el mercado privado si no lo encuentran entre los recursos públicos. El Gobierno espera que al final de la implantación de la Ley predominen los servicios sobre las prestaciones económicas. Mientras, si no existen recursos públicos cuando han sido reconocidos en el Plan Individual, el beneficiario tiene derecho a uno de los tipos de ayuda económica.

9 ¿Cómo se recibirán las prestaciones económicas?

No hay nada decidido sobre la forma en que se recibirán. No se sabe si la Administración central realizará descuentos en el pago del servicio, pagos a cuenta a los benefi ciados o tendrán que solicitarse ayudas a posteriori, adelantando el gasto por parte de los ciudadanos. En el Plan Individual se valorará la capacidad económica para decidir hasta qué nivel recibirá una ayuda monetaria. Es muy probable que el pago a los cuidadores se realice a través de la Seguridad Social.

10 ¿Qué papel desempeñan las empresas privadas?

Las empresas privadas que ofrecen ya servicios de asistencia social se han preparado para la entrada en vigor de la nueva ley. Ésta establece que una vez que la Administración reconoce el derecho a los ciudadanos dependientes, éstos deben tener garantizada su prestación. Si las personas afectadas no encuentran los recursos entre la oferta pública, podrán buscarlos en el sector privado. Así por ejemplo, Mapfre Quavitae asegura que cuenta ya “con capacidad operativa plena y consolidada para atender las prestaciones que recoge el Proyecto en todo el territorio nacional”. Según explican en esta empresa, “la atención consistirá en la prestación de servicios (ayuda a domicilio, estancias en centros de día y noche y residencias) o en el reconocimiento de ayudas económicas periódicas para cuando no sea posible la atención a través de la oferta pública”.

Concepto de Dependencia en Derecho del Trabajo

Significado de dependencia en relación al empleo en España: Estado en el que se hallan las personas que por distintas razones (como edad, discapacidad o enfermedad, han perdido su autonomía tanto física como mental y por tanto precisan de otra persona para realizar actividades básicas de la vida diaria. [[empleo]] [[derecho-laboral]]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Definición de dependencia basado en el Diccionario de Empleo elaborado desde el Observatorio de Empleo Joven e Injuve

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