Derechos Extrapatrimoniales

Derechos Extrapatrimoniales en España en España

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Derechos Patrimoniales y Extrapatrimoniales

Ideas Básicas

Atendiendo al contenido básico del derecho subjetivo, es fundamental en Derecho civil mantener la distinción entre derechos patrimoniales y extra patrimoniales. Se habla de derecho (subjetivo) patrimonial cuando el derecho subjetivo otorga a su titular un ámbito de poder valorable o evaluable en dinero. Por lo general, los derechos subjetivos de carácter patrimonial encuentran fundamento en las propias necesidades de índole material del individuo y, por tanto, reflejan su situación económica. Frente a ellos, los derechos extra patrimoniales representan ámbitos de poder de la persona que son reconocidos o atribuidos por el Ordenamiento jurídico en atención a razones distintas a las puramente económicas. Entre tales los derechos de la personalidad. La importancia de los derechos subjetivos incluibles dentro de la categoría de derechos patrimoniales es innegable. Sin embargo, en el fondo y en los supuestos límite, la trascendencia de los derechos extra patrimoniales prevalece sobre la propia materialidad subyacente en los patrimoniales en la mayor parte de los casos. De otro lado, conviene indicar ya que la naturaleza extrapatrimonial de cualquier derecho subjetivo no significa que, en caso de lesión del mismo, la consiguiente reparación no pueda traducirse en indemnizaciones de carácter patrimonial.

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