Embargo en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Embargo. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Embargo. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Embargo. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Embargo. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]Retención de bienes ordenada por la autoridad judicial o administrativa a consecuencia de una deuda o de un delíto o falta, para asegurar el pago de aquélla o la responsabilidad que se puede haber contraído en virtud de éstos.
Recursos
Véase También
Bibliografía
- Información sobre Embargo en la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Información sobre Embargo en el Diccionario Jurídico (Teodoro González Ballesteros, Madrid, 2011)
- Información sobre Embargo en Tratado de Derecho Civil Español
Guía sobre Embargo
Embargo
Para más información sobre Embargo puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.
Concepto de Embargo
El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Embargo es el siguiente:
Con significados generales y arcaicos: impedimento, embaraza u obstáculo; y también incomodidad, molestia o daño. | En lenguaje jurídico, esta palabra posee diversas aplicaciones, según se refiera al Derecho POLÍTICO y al Marítimo, por un lado, o al Derecho Procesal Civil, Penal o Administrativo, por otra parte. | EJECUTIVO. Retención o apoderamiento que de los bienes del deudor se efectúa en el procedimiento ejecutivo, a fin de, con ellos o con el producto de la venta de los mismos, satisfacer la incumplida obligación a favor del acreedor que posea título con ejecución aparejada (ver la entrada correspondiente en el diccionario legal de esta Enciclopedia). | PREVENTIVO. Medida procesal precautoria de carácter patrimonial que, a instancia de acreedor o actor, puede decretar un juez o tribunal sobre los bienes del deudor o demandado, para asegurar el cumplimiento de la obligación exigida y las resultas generales del juicio.
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Embargo en Derecho mercantil
Retención de bienes ordenada, en derecho español y en el de otros sistemas jurídicos, por la autoridad judicial o administrativa a consecuencia de una deuda o de un delito o falta, para asegurar el pago de la deuda o la responsabilidad pecuniaria que se puede haber contraído en virtud del delito o falta.
Embargo
Embargo en el Derecho Procesal español
En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Embargo es descrito de la siguiente forma: Según Andrés DE LA OLIVA es el conjunto de actividades cuya principal finalidad es afectar bienes concretos del patrimonio del deudor a una concreta ejecución procesal frente a él dirigida.
El embargo requiere que previamente se haya despachado (es decir, ordenado judicialmente) la ejecución frente al deudor por una cantidad concreta de dinero. A su vez, el embargo es el presupuesto del resto de la actividad jurisdiccional de ejecución, que, en lo sucesivo, afectará sólo a los bienes del deudor sobre los que se ha trabado embargo, quedando el resto de su patrimonio ajeno a la misma.
Trabar embargo consiste, básicamente, en localizar y seleccionar unos determinados bienes del deudor, declarando que ellos serán los que, en su momento, sirvan para satisfacer las costas del proceso de ejecución y el montante económico de la responsabilidad del deudor, cifrado en resolución judicial o en otro título con fuerza ejecutiva, como, por ejemplo, una letra de cambio (V. modificación del embargo). [P.S.R.]
Embargo en Derecho Civil
Embargo podría definirse de la siguiente forma: Procedimiento por medio del cual un tribunal o un organismo oficial pone bajo su autoridad los bienes de una persona, para proteger los intereses de sus acreedores o los intereses públicos.
Medida preventiva o definitiva que recae sobre bienes muebles del deudor por acción interpuesta por su acreedor, para conminarlo al pago de la acreencia u obtener el pago de la misma.