Estructura de Asociaciones en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Estructura de Asociaciones. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]
La Estructura Básica de Asociaciones y Fundaciones
Ideas Básicas
El párrafo primero del artículo 35 enuncia la existencia en nuestro sistema jurídico de tres tipos fundamentales de personas jurídicas:
Corporaciones.
Asociaciones y
Fundaciones.
La contraposición entre asociaciones y fundaciones se encuentra perfectamente fundada, en cuanto ambos tipos de personas jurídicas tienen un componente básico sustancialmente diferente: la asociación es un conjunto de personas unidas por la consecución de un fin; la fundación, en cambio, es un conjunto de bienes (un patrimonio) adscrito a un fin. Por supuesto, que lo dicho no obsta a que la asociación, conceptualmente, requiera también la existencia de patrimonio social; ni a que el funcionamiento efectivo de las fundaciones presuponga la colaboración de ciertas personas naturales, encargadas de la gestión.
- Hoy, efemérides de algunos "primeros" casos
- AI Overviews: The end of advertising-driven publications?
- Los Ultimos Años de Luis XIV
- ¿Forman parte los presos americanos de una mano de obra oculta vinculada a cientos de marcas de alimentos populares?
- Efemérides de hoy: Mandato del Congreso americano para ir a la guerra contra México
- Hoy, efemérides del desbloqueo de Berlín por la Unión Soviética
- El Barrio en Democracia Participativa, Antropología y Sociología (2)