Extinción de la Propiedad Horizontal

Extinción de la Propiedad Horizontal en España en España

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Propiedad Horizontal: Extinción

Propiedad Horizontal: Extinción en el Derecho Civil español

En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Propiedad Horizontal: Extinción es descrito de la siguiente forma: La situación que estamos contemplando se extingue en dos supuestos: destrucción del edificio, salvo pacto en contrario (art. 21 L.P.H., hoy artículo 23 tras la reforma de 1999, en la que no se altera su contenido), y en el caso de la conversión en propiedad o copropiedad ordinarias, al reunirse el edificio entero en manos de una comunidad o de una sola persona (V. voces de referencia: propiedad; condominio; procomunal; aportación de solar). [T.A.M.F.]

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