Graduación

Graduación en España en España

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Graduación

Para más información sobre Graduación puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

Concepto de Graduación

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Graduación es el siguiente:

Acción o efecto de graduar, de dividir en grados o categorías a las personas, cosas o derechos. | En general, toda ordenación o escalonamiento. | En el ejército, categoría o grado de un militar profesional, desde alférez o teniente hasta general. | DE ACREEDORES. En caso de concurso o quiebra, clasificación que se hace de ellos para señalarles el lugar, orden y grado que deben ocupar, según el origen y naturaleza de sus créditos, para ser pagados con los bienes del deudor común. | DE CRÉDITOS. Teniendo en cuenta que los privilegios no puede resultar sino de una disposición de la ley y que al deudor no le es dable crear privilegio a favor de ninguno de sus acreedores, se habla de Graduación de créditos mejor que de Graduación de acreedores; pues el grado corresponde a los créditos, y no a las personas.

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