Heredero en Usufructo en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Heredero en Usufructo. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Heredero en Usufructo. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]
Heredero en Usufructo
El beneficiado por el testador con un usufructo sobre la totalidad de la herencia, o una parte o cuota, no es considerado como sucesor mortis causa a título universal, puesto que no sucedería en la universalidad de los derechos que pueden recaer sobre las cosas del caudal relicto, sino sólo, y por definición, en un derecho concreto, el de usufructo. Por ello, se ha pensado que estamos ante una atribución patrimonial concreta que entraría más probablemente dentro de los esquemas del legado. El propio Código Civil organiza el usufructo de una herencia o parte o cuota de ella como un legado; véanse sus arts. 508 y 510, singularmente este último, en el que se aprecia con claridad que el usufructuario de la herencia no responde de las deudas de ésta frente a los acreedores de la misma, sino que debe reembolsarlas en las relaciones internas que mantiene con el nudo propietario. (López y López).
- Hoy, efemérides de algunos "primeros" casos
- AI Overviews: The end of advertising-driven publications?
- Los Ultimos Años de Luis XIV
- ¿Forman parte los presos americanos de una mano de obra oculta vinculada a cientos de marcas de alimentos populares?
- Efemérides de hoy: Mandato del Congreso americano para ir a la guerra contra México
- Hoy, efemérides del desbloqueo de Berlín por la Unión Soviética
- El Barrio en Democracia Participativa, Antropología y Sociología (2)