Impedimento Matrimonial en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Impedimento Matrimonial. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]
Historia del término: en 1838
«La prohibición de contraer matrimonio hecha por la ley a los que no reúnen todas las cualidades o no cumplen todas las condiciones prescritas al efecto; el obstáculo que se opone perpetua o temporalmente a que dos personas se casen entre sí; o como dice el Diccionario de la Academia Española, cualquiera de las circunstancias que hacen ilícito o nulo el matrimonio. Hay, pues, circunstancias que hacen nulo el matrimonio, y circunstancias que le hacen lícito sin anularle; y de aquí nace la clasificación de impedimentos dirimentes e impedimentos impedientes o prohibitivos.» (1)
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Recursos
Notas
- Basado en el «Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia» (Joaquín Escriche, 1838) (se han llevado a cabo también algunas modificaciones ortográficas para su adecuación a nuestro tiempo).