Lagunas Legales

Lagunas Legales en España en España

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El Problema de las Lagunas Legales

La expresión laguna se utiliza en sentido metafórico, para referirnos a la existencia de posible vacíos o deficiencias en la ley, es decir cuando nos encontramos con una inexistencia de norma jurídica aplicable a un determinado supuesto de hecho. La ley puede presentar lagunas legales porque al tratarse de un hecho abstracto y general no puede abarcar todos los supuestos de la realidad que puedan nacer durante su vigencia. (DÍEZ-PICAZO Y GULLÓN).

Ejemplo: – La Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 no contiene ninguna norma que nos indique la edad mínima para poder concertar un arrendamiento urbano, es decir que presenta un vacío legal con respecto a ese punto en concreto.

Si bien podemos hablar de las lagunas de la ley -del Código Civil o del Código de comercio-, no podemos hacerlo cuando nos referimos al ordenamiento jurídico, en ese sentido la Exposición de Motivos del nuevo Título Preliminar del Código civil dice: «La formulación de un sistema de fuentes implica la exclusión de las lagunas del Derecho» por lo tanto se admite la existencia de laguna legal pero no la del ordenamiento. Según LACRUZ, no pueden haber lagunas del ordenamiento puesto que según el art. 1. 70 del CC: «Los Jueces y Tribunales tienen el deber inexcusable de resolver en todo caso los asuntos de que conozcan, ateniéndose al sistema de fuentes establecido». Es decir que una determinada ley podrá presentar una serie de lagunas pero el ordenamiento jurídico nos va a proporcionar los medios adecuados para llenar ese vacío legal.

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