Máximas Jurídicas en España en España
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Las Máximas Jurídicas
Con frecuencia los principios generales del Derecho se formulan como máximas (también denominadas apotegmas, «regulae iuris», aforismos, o brocardos jurídicos). Estas máximas consisten en fórmulas ideadas por la doctrina ojurisprudencia muy antiguas con el fin de condensar y dotar de plasticidad a las normas jurídicas que comúnmente se admitían. Estas reglas son frecuentemente utilizadas por el Tribunal Supremo en sus sentencias para hacer patentes aquellos principios de los cuales son vehículo. Tal sucede con las máximas «pacta sunt servanda»; « Res perit domino», «periculum est emptoris»; «No es lícito enriquecerse torticeramente en daño de otro», etc.
No siempre las reglas jurídicas recogen un principio general, sino que, a veces con ellas se expresan ideas que son orientaciones en algún tema jurídico, bien simplificaciones de alguna doctrina..; según Villar Palasí son resumenes didacticos de los que la ley establece.
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Justiniano nos ha conservado una colección «Regulae iuris» en el Digesto (50, 17) «de diversis regulis iuris antiquis». En nuestro Derecho antiguo, Las Partidas, a imitación del Digesto también contienen un capítulo dedicado a las reglas del Derecho.
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