Negativa a Juzgar

Negativa a Juzgar en España en España

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Prevaricación Judicial: Negativa a Juzgar

Prevaricación Judicial: Negativa a Juzgar en el Derecho Penal español

En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Prevaricación Judicial: Negativa a Juzgar es descrito de la siguiente forma: Castiga el art. 448 a el Juez o Magistrado que se negase a juzgar, sin alegar causa legal, o so pretexto de oscuridad, insuficiencia o silencia de la Ley. El tipo se conecta con los arts. 1.7 Código Civil y 7 y 11.3 Ley Orgánica del Poder Judicial como obligación derivada del ejercicio de la función jurisdiccional (arts. 117 C.E. y 1 Ley Orgánica del Poder Judicial) garantizando de este modo el derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en los arts. 24 C.E. y 7 Ley Orgánica del Poder Judicial; en este sentido hay que recordar la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en cuanto que el derecho a la tutela efectiva incluye el derecho a obtener una resolución fundada en derecho (Sentencia del Tribunal Constitucional 232/88 y 148/94).

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