Otrosí en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Otrosí. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Otrosí. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Otrosí. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Otrosí. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Otrosí. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]Expresión usada en los escritos forenses para indicar después de la súplica una petición más al Tribunal al que va dirigido. Determinadas peticiones habrán de formularse por medio de Otrosí, según indican las Leyes Procesales.
Recursos
Véase También
Bibliografía
- Información sobre Otrosí en la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Información sobre Otrosí en el Diccionario Jurídico (Teodoro González Ballesteros, Madrid, 2011)
- Información sobre Otrosí en Tratado de Derecho Civil Español
Guía sobre Otrosí
Otrosí
Para más información sobre Otrosí puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.
- Historia de los Derechos Económicos de las Mujeres en el Mundo Musulmán (2o Episodio)
- Hoy, efemérides de la Primera Conferencia Internacional de Paz, en 1899
- Hoy, efemérides del intento judicial federal de acabar la segregación escolar
- Hoy, efemérides de algunos "primeros" casos
- AI Overviews: The end of advertising-driven publications?
- Los Ultimos Años de Luis XIV
- ¿Forman parte los presos americanos de una mano de obra oculta vinculada a cientos de marcas de alimentos populares?
Concepto de Otrosí
El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre Otrosí es el siguiente:
Como adverbio, además, demás de eso. su uso es casi exclusivamente forense; al punto de que se ha substantivado para referirse a cada una de las pretensiones o peticiones que se agregan a la principal de un escrito judicial. Constituye como posdata de los escritos cuando, después de firmados, se quiere agregar algo sin necesidad de rehacerlos; lo cual obliga a firmar el Otrosí u otrosies añadidos.