Principio de Solidaridad en España en España
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Principio de Solidaridad
Principio de Solidaridad en el Derecho Constitucional español
En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Principio de Solidaridad es descrito de la siguiente forma: Principio constitucional de naturaleza esencialmente económico—social, complementario de los principios de unidad y de autonomía (V. principio de autonomía), en virtud del cual debe tenderse al logro del equilibrio económico y social, instrumentando para ello medidas adecuadas. La Constitución Española proclama este principio en sus artículos 2 y 138.1, y establece algunos instrumentos para su realización en los artículos 131 y 158.2 (V. fondo de compensación interterritorial). [P.G.—E.]
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