Quita en España en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Quita. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]
Quita
Para más información sobre Quita puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.
Concepto de Quita
El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre quita es el siguiente:
Remisión parcial de una deuda, | Perdón total de la misma. (V. REMISIÓN.) | y ESPERA. Petición que el concursado o quebrado hace judicialmente a lodos sus acreedores, a fin de que aminoren sus créditos (quita), le concedan plazo mayor para abonarlos (espera) o con esa doble finalidad (quita y espera).
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Quita en Derecho mercantil
Remisión o liberación que de la deuda o parte de ella hace el acreedor al deudor.
Quita y Espera en Derecho Civil
Quita y Espera podría definirse de la siguiente forma: Reducción del monto de los créditos que hacen los acreedores a un deudor que se encuentra en estado de quiebra o de concurso y los plazos que le conceden para el pago de los mismos.