Quita

Quita en España en España en España

Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Quita. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»]

Quita

Para más información sobre Quita puede acudirse a la Enciclopedia jurídica general.

Concepto de Quita

El tratamiento que da el Diccionario Jurídico Elemental de Guillermo Cabanellas de Torres sobre quita es el siguiente:

Remisión parcial de una deuda, | Perdón total de la misma. (V. REMISIÓN.) | y ESPERA. Petición que el concursado o quebrado hace judicialmente a lodos sus acreedores, a fin de que aminoren sus créditos (quita), le concedan plazo mayor para abonarlos (espera) o con esa doble finalidad (quita y espera).

Quita en Derecho mercantil

Remisión o liberación que de la deuda o parte de ella hace el acreedor al deudor.

Quita y Espera en Derecho Civil

Quita y Espera podría definirse de la siguiente forma: Reducción del monto de los créditos que hacen los acreedores a un deudor que se encuentra en estado de quiebra o de concurso y los plazos que le conceden para el pago de los mismos.

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