Rescisión de Sentencia Firme

Rescisión de Sentencia Firme en España en España

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Rescisión de Sentencia Firme a Instancia del Rebelde

Rescisión de Sentencia Firme a Instancia del Rebelde en el Derecho Procesal español

En el Diccionario Jurídico Espasa (2001), Rescisión de Sentencia Firme a Instancia del Rebelde es descrito de la siguiente forma: Los demandados que hayan permanecido constantemente en rebeldía podrán pretender, del tribunal que la hubiere dictado, la rescisión de la sentencia firme en los casos siguientes:

1.º De fuerza mayor ininterrumpida, que impidió al rebelde comparecer en todo momento, aunque haya tenido conocimiento del pleito por haber sido citado o emplazado en forma.

2.º De desconocimiento de la demanda y del pleito, cuando la citación o emplazamiento se hubieren practicado por cédula, pero ésta no hubiese llegado a poder del demandado rebelde por causa que no le sea imputable.

3.º De desconocimiento de la demanda y del pleito, cuando el demandado rebelde haya sido citado o emplazado por edictos y haya estado ausente del lugar en que se haya seguido el proceso y de cualquier otro lugar del Estado o de la Comunidad Autónoma, en cuyos Boletines Oficiales se hubiesen publicado aquéllos (art. 501 Ley de Enjuiciamiento Civil de 2000). [R.S.S.]

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