Tribunal Supremo en España en España
Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Tribunal Supremo. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Tribunal Supremo. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Tribunal Supremo. [aioseo_breadcrumbs] Aquí se ofrecen, respecto al derecho español, referencias cruzadas, comentarios y análisis sobre Tribunal Supremo. [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»derecho-home»] Es el más alto Tribunal de la nación, cuya jurisdicción se extiende a todo el territorio nacional, y sus resoluciones forman jurisprudencia.
Salas del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo es el que se encarga de los recursos de casación en España, esto es, de fijar la doctrina cuando hay sentencias de las audiencias provinciales o de los tribunales superiores de justicia de las comunidades autónomas. Para realizar este trabajo, el Supremo se divide en salas: la de lo Civil, la Primera; Penal, Segunda, Contencioso-Administrativo, Tercera; Social, Cuarta, y Militar, Quinta.
Las salas del Supremo se organizan en secciones para repartirse los asuntos que llegan en casación.
La sala Tercera
En el caso de la Tercera, formada a fines de 2018 por 31 magistrados –hay dos puestos vacantes–, la primera sección se encarga de la admisión de los recursos de casación y queja y de cuestiones de competencia. El resto de secciones están especializadas por los distintos asuntos que forman el amplio mundo de lo contencioso-administrativo. La Segunda trata sobre impuestos y cualquier asunto relacionado con los ingresos de derecho público.
El Pleno
Se puede convocar un pleno en cada Sala. El presidente de la sala escogerá estos días un asunto similar que esté en casación y se lo hará llegar a los magistrados que, con él, decidirán si se confirma o no el giro del Supremo en esta materia. Para ello, deberán tener en cuenta toda la jurisprudencia existente sobre el tema, incluidas las sentencias recientes.
La sentencia
Ya en el pleno, un ponente designado designar defenderá su propuesta de fallo. Si la propuesta del ponente obtiene la mitad más uno de los votos, habrá sentencia. Si no, se convocará otro pleno y se nombrará un nuevo ponente de entre la mayoría resultante de la votación.
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Autor: Cambó
Tribunal Supremo: Antecedentes Histórico-Legislativos
Está disponible toda la legislación promulgada en España, en su texto original, en la recopilación legislativa histórica de la plataforma sobre leyes españolas.
Jueces y Tribunales en la Legislación Histórica de España
Para una aproximación histórica, y en relación con Administración de Justicia en la legislación histórica, véase también las entradas publicadas sobre Jueces y Tribunales en esta enciclopedia jurídica española.
Contexto histórico de Tribunal Supremo
Véase información, asimismo, sobre la evolución de la legislación y las iniciativas regulatorias que han afectado a Tribunal Supremo a lo largo de la historia española.
Tribunal Supremo
Recursos
Véase También
- Tribunal Supremo en la Enciclopedia del Derecho
- Jurisdicción
- Administración de Justicia
- Jueces
- Tribunales
- Tribunal Supremo en el Diccionario legal
Bibliografía
- Información sobre Tribunal Supremo en el Diccionario Jurídico (Teodoro González Ballesteros, Madrid, 2011)
- Tribunal Supremo en el Manual de Historia del Derecho Español, de Francisco Tomás y Valiente (Editorial Tecnos; 2012)
Es honesto y necesario quebrar la tendencia a la corrupción y el nepotismo en los altos tribunales, como el TS, y evitar que la credibilidad de la Justicia, y por ende de nuestro Estado de Derecho, se vaya por un precipicio, pero no está tan claro, al menos yo no lo tengo, que esa solución aparentemente sencilla de volver a la interpretación literal del precepto constitucional, previa al primer manoseo socialista, sea la panacea que buscamos. Precisamente si algo nos ha dejado claro el episodio de la tragicomedia de la Sala Tercera al que asistimos estos días es que el mamoneo entre jueces, el nepotismo, el amiguismo, las redes clientelares de togados que están aupando a las plazas relevantes no a los más válidos sino a los más próximos a quien manda tampoco funcionan nada bien. En estas condiciones no sé yo si proponer que los jueces elijan a quienes han de gobernarles y a la vez a quienes han de nombrarles solucionaría el problema o nos lo volvería a complicar. Porque lo que está en el Tribunal Supremo, desengáñense, no se explica simplemente repitiendo el lema de la politización y devoción partidista de unos u otros magistrados. No, no es un tema simplificable en conservadores o progresistas, nombrados por estos o por los otros, que también. El problema intrínseco va más allá y tiene que ver con las redes de poder y de amiguismo montadas dentro de la propia carrera judicial. Quizá esto explicaría también por qué hay muchas menos mujeres en ciertos puestos, pero este es otro tema.